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Avanza tipificación de la violencia vicaria en Edomex

Es ejemplo de violencia vicaria amenazar con sustraer o ocultar a los menores para obligar a la madre a rendirse.

Foto: Redes

El Estado de México se acerca a uno de los cambios más importantes en materia de violencia de género de los últimos años: la tipificación de la violencia vicaria en el Código Penal estatal. Se trata de ejercer poder o castigo contra una mujer a través de sus hijos, hijas, familiares o bienes, para hacerle daño sin tocarla directamente; desgraciadamente, no es poco común.

Comisiones unidas del Congreso mexiquense han aprobado ya reformas que, de quedar definitivamente integradas en la ley, sancionarán de cuatro a ocho años de prisión, además de multas y tratamiento obligatorio, al hombre que utilice a hijas, hijos, familiares o personas cercanas para dañar psicológica, económica o emocionalmente a una mujer, ya sea como pareja, ex pareja, cónyuge o concubino.

Son ejemplos de violencia vicaria amenazar con sustraer o ocultar a los menores para obligar a la madre a rendirse; usar a los hijos para obtener información sobre la madre o para humillarla; y hasta interponer demandas falsas de abuso, violencia familiar o desamparo con el fin de quitarle la custodia o limitar sus derechos parentales.

También es una forma de violencia vicaria condicionar el pago de la pensión alimenticia a que la mujer acepte condiciones abusivas o desista de denuncias legítimas.

La tipificación en el Código Penal mexiquense reconoce que estos actos no son "conflictos de padres por los niños", sino una forma de violencia de género que combina poder machista, control emocional y daño a la infancia.

Con estas reformas, el Estado de México se convertiría en uno de los 28 estados que tipifican la violencia vicaria en sus códigos penales, alineándose a una tendencia nacional que reconoce esta figura como un delito de alta gravedad.


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