Aunque parezca increíble, el Estado de México (Edomex) se une a Jalisco y Oaxaca como los tres estados que permitirá a menores de 12 años modificar su acta de nacimiento, para establecer su identidad sexual, a partir de su autopercepción, esto con base en una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y luego de un debate en torno a ello.
La noticia se dá en el marco del Mes del Orgullo en donde se han convocado a marchas diversas en distintos puntos de la república. En ese sentido, los ministros aseguraron que el derecho a decidir sobre ello no debe estar condicionado por la edad, ¿qué implicaciones tendrá?
Menores de edad podrán decidir al respecto
Con respecto a la desición de la SCJN, se acordó invalidar la fracción III, del artículo 3.42, del Código Civil del Estado de México, que incluía el ser mayor de edad, como requisito para solicitar la rectificación del acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género autopercibida, ante el Registro Civil de la entidad.
La Corte ha dado un plazo de doce meses a los Congresos de los tres estados previamente citados en este artículo, para que lleven a cabo las legislaciones que conlleven a la aprobación de estas indicaciones jurídicas.
Aunque la misma instancia reconoció que este sector poblacional se encuentra en especial vulnerabilidad, reiteró que las y los niños deben tener derecho a tomar esta desición, porque de lo contrario se caería en un acto de discriminación. La ministro Margarita Ríos Farjat argumentó:
"El hecho de que el legislativo solo reconozca la posibilidad de ajustar el acta de nacimiento para hacerla acorde a la identidad de género auto percibida para personas mayores de edad y adolescentes, dejando fuera a niñas y niños, deviene en una medida discriminatoria para personas menores de edad"..
Sobre los efectos legales y sociales subsecuentes de esta desición se estará informando a través de este medio de comunicación.
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