ir al contenido

Endurece Edomex castigo por maltrato animal: hasta 11 años de prisión

La pena máxima no aplica automáticamente a cualquier denuncia de maltrato.

Foto: Redes

El Estado de México reforzó su marco jurídico contra el maltrato animal con la nueva Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal, una norma que reconoce a los animales como seres sintientes y contempla penas que pueden alcanzar hasta 11 años de prisión, dependiendo de la conducta, las agravantes y la resolución que emita la autoridad judicial.

La pena máxima no aplica automáticamente a cualquier denuncia de maltrato. Las sanciones se determinan caso por caso y pueden incluir multas, arrestos administrativos, decomiso del animal, inhabilitación para tenerlo bajo cuidado y, en situaciones graves, consecuencias penales. La reforma busca fortalecer la prevención de la crueldad y promover una cultura de tenencia responsable en los 125 municipios mexiquenses.

El cambio de fondo de la legislación mexiquense es el reconocimiento formal de los animales como seres sintientes. Esto significa que el marco legal parte de que los animales pueden experimentar dolor, sufrimiento, estrés y bienestar, por lo que las personas que los tienen a su cargo adquieren deberes de cuidado.

La Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal establece obligaciones relacionadas con:

  • Proporcionar alimento, agua, higiene, espacio y resguardo adecuados.
  • Garantizar atención veterinaria cuando el animal la necesite.
  • Evitar golpes, lesiones, abandono, tortura o condiciones que provoquen sufrimiento.
  • Promover la esterilización, vacunación y cuidado responsable.
  • Impedir la venta de animales en la vía pública y otras prácticas que vulneren su bienestar.

La legislación endurece las consecuencias para conductas que generen dolor, sufrimiento, lesiones, agonía o muerte a un animal que no constituya plaga. Las penas pueden variar conforme a la gravedad de los hechos y a las circunstancias acreditadas en una investigación.

Entre las conductas que pueden configurar delitos o generar sanciones penales están:

  • Golpear, torturar, herir o causar sufrimiento deliberado a un animal.
  • Envenenarlo, asfixiarlo, estrangularlo, ahogarlo, electrocutarlo o usar sustancias corrosivas.
  • Causar lesiones mediante golpes, tubos, palos, varas, látigos o instrumentos punzocortantes.
  • Abandonarlo en condiciones que comprometan su supervivencia, salud o integridad.
  • Someterlo a prácticas de crueldad, explotación o violencia.
  • Facilitar espacios para actividades en las que los animales sufran heridas, lesiones graves, agonía o muerte.

Síguenos en Facebook y X para más información.

Más reciente