Con una nueva regulación vehicular en la capital del país y buscando unificar las normativas de emplacamiento, verificación y sanciones de tránsito entre CDMX, Estado de México, Hidalgo y Morelos, hay quienes se preguntan “¿te pueden multar en Edomex por circular con porta placas?”.
En la Ciudad de México, el uso de portaplacas que obstruyan la visibilidad de las matrículas es una infracción grave, con sanciones económicas y operativos intensificadas en 2025.
De acuerdo con el Artículo 43 del Reglamento de Tránsito, en CDMX está prohibido usar micas, luces neón o elementos que tapen números, letras o el código QR de las matrículas. En este sentido, una multa puede superar los 2 mil pesos. Ahora bien, ¿la restricción es la misma en el Estado de México?
El Reglamento de Tránsito del Estado de México no establece prohibición alguna respecto a la circulación de vehículos con portaplacas, sin embargo, para quienes transiten de manera regular entre ambos territorios deben considerarse las regulaciones de la CDMX y las consecuencias del incumplimiento de estas normas.

Los portaplacas son un problema cuando cubren información de la matrícula, pero si cuentan con un marco delgado que no obstruya la visibilidad de toda la información no hay problema.